El informe 52 de Transparencia y Ética Empresarial – PTEE, está regulado por la Resolución No. 100-006261 del 2 de octubre de 2020 y la Circular 100-000016 de 2021 estás disposiciones normativas dan los parámetros que las entidades deben cumplir, para la presentación de este informe.
Pero recuerden que antes de presentar este informe, debieron de presentar el Informe 01 Y 01A – Estados Financieros fin de ejercicio con corte a 31 de diciembre de 2021, el informe 50 Prevención del Riesgo Lavado de Activos/Financiación del Terrorismo/Financiación para la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FPADM) según las características de sus compañías.
Pero cuidado que todavía faltan por presentar los siguientes informes:
¿Quiénes están obligados a presentar el informe 52 de Transparencia y Ética Empresarial -PTEE?:
«Estarán obligadas a adoptar un Programa de Transparencia y Ética Empresarial las sociedades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades que (i) a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior hayan realizado negocios o transacciones internacionales de cualquier naturaleza, directamente o a través de un intermediario, contratista o por medio de una sociedad subordinada o de una sucursal, con personas naturales o jurídicas extranjeras de derecho público o privado, iguales o superiores (individualmente o en conjunto) a 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes y (ii) al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior hayan obtenido ingresos o tengan activos totales iguales o superiores a 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes”.
Nota: Fuera de este requisito la resolución trae otros, los cuales sugerimos leerlos, ya que es para sectores específicos.
Plazos para diligenciar el informe 52 – PTEE – Informe de Transparencia y Ética Empresarial
El siguiente es el calendario indicado por la Supersociedades para cada empresa, según los últimos dos dígitos del NIT, sin incluir el DV. Las fechas son las siguientes:
NIT terminado en: |
Fecha (2022): |
01-20 | Mayo 31 |
21-40 | Junio 1 |
41-60 | Junio 2 |
61-80 | Junio 3 |
81-00 | Junio 6 |
Y el Informe 42 de Prácticas Empresariales – también tiene su calendario
Todas las entidades empresariales en vigilancia o control deben presentar el informe. Los plazos al igual que los de los documentos mencionados anteriormente, dependen de los dos últimos dígitos del NIT de la sociedad, sin incluir el DV:
NIT terminado en: |
Fecha (2022): |
01-10 | Junio 7 |
11-20 | Junio 8 |
21-30 | Junio 9 |
31-40 | Junio 10 |
41-50 | Junio 13 |
51-60 | Junio 14 |
61-70 | Junio 15 |
71-80 | Junio 16 |
81-90 | Junio 17 |
91-00 | Junio 21 |
Nota: Recuerde que el informe Sagrilaft y el informe PTEE -Transparencia y Ética Empresarial son dos informes totalmente distintos y con requisitos diferentes.
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Este texto, es solo para generar una expectativa, lo invitamos a profundizar más en el tema, ya que este es un resumen y puede que la norma cambie o presente un tema especifico que debe ser aplicado a un sector exclusivo. Por tal motivo sugerimos buscar ampliar el conocimiento y buscar otras fuentes de consulta o asesoría.
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