En Colombia, todavía está en desarrollo el proceso que exigió la ley 1314 de 2009 (…con la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento…); de igual forma se tienen normas de control de calidad (NICC), la cuales exigen que las empresas y personas naturales en Colombia que prestan servicios de Auditoria y Revisoría Fiscal, cumplan con ciertos parámetros para realizar esa labor.
Estás normas de control de calidad (NICC), fueron actualizadas a nivel internacional por El IAASB quien publicó en diciembre del 2020 dos estándares nuevos sobre calidad aplicables a las firmas de auditoría. Esto incluyó la revisión de la NIA 220. Corresponden a estándares internacionales de alta calidad para auditoría, aseguramiento y control de calidad que fortalecen la confianza pública en la profesión global y se denominan Normas Internacionales de Gestión de Calidad (NIGC 1 y NIGC 2 —ISQM por sus siglas en inglés—).
En concordancia con lo anterior este tipo de entidades o personas, fuera de que deben aplicar las NIA (revisión de información histórica y de estados financieros, trabajos de aseguramiento y trabajos de servicios relacionados), también deben implementar un sistema de control interno basado en riesgos, regulado por las Normas Internacionales de Gestión de la Calidad 1 y 2 –NIGC 1 y 2–, emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento –IAASB. La implementación de la nueva normatividad de calidad será exigible a partir de diciembre 15 del 2022. También se permite una implementación anticipada.
¿Qué significa NIGC?
Norma Internacional de Gestión de Calidad (NIGC)
(a) La NIGC 1 (ISQM 1) trata de la responsabilidad de la firma de auditoría de establecer políticas o procedimientos que aborden los encargos que deben estar sujetos a revisiones de calidad del encargo. En este sentido, fortalece los sistemas de gestión de la calidad de las empresas a través de un enfoque sólido, proactivo y eficaz de la gestión de la calidad. La norma alienta a las firmas a diseñar un sistema de gestión de la calidad que se adapte a la naturaleza y a las circunstancias de cada firma y a los encargos que realiza. La NIGC 1 (ISQM 1) se aplica a todas las firmas que realizan trabajos bajo los estándares internacionales del IAASB. La NIGC 1 reemplaza a la NICC 1, Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados.
(b) La NIGC 2 (ISQM 2) trata del nombramiento y la elegibilidad del revisor de la calidad del compromiso y las responsabilidades del revisor de la calidad del compromiso en relación con el desempeño y la documentación de una revisión de la calidad del compromiso. La NIGC 2 se aplica a todos los trabajos para los que se requiere realizar una revisión de la calidad del trabajo de acuerdo con la NIGC 1.
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Este texto, es solo para generar una expectativa, lo invitamos a profundizar más en el tema, ya que este es un resumen y puede que la norma cambie o presente un tema específico que debe ser aplicado a un sector exclusivo. Por tal motivo sugerimos buscar ampliar el conocimiento y buscar otras fuentes de consulta o asesoría.
COMITÉ ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO
Agosto 26 de 2022